El pasado día 5 de febrero se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020.
El salario mínimo interprofesional queda fijado en 950 euros brutos mensuales, 31,66 euros brutos al día. Como hasta ahora, ese salario no incluye las posibles retribuciones en especie que se abonen a los trabajadores.
Este importe será compensable con todos aquellos conceptos salariales que el trabajador perciba siempre que no retribuyan servicios concretos (nocturnidad, penosidad, etc), siempre que por esos conceptos el trabajador perciba más de 13.300 euros brutos cómputo anual.
El salario actual será de aplicación con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2020.