Se acerca el final de año, momento clave para emprendedores, autónomos y también para empresas. Las decisiones que se tomen antes del 31 de este mes son clave; puede llegar ahora el momento en el que se marque la diferencia entre pagar más o menos, aprovechando las ventajas de la ley en la próxima declaración. En SPI Asesores, con casi 30 años de experiencia en asesoría fiscal, contable y mercantil, sabemos que la planificación fiscal no es opcional: es una herramienta clave de estrategia empresarial.
Revisar la situación del negocio, analizar los ingresos y gastos deducibles y anticiparse a los movimientos que pueden optimizar el cierre del ejercicio, es un resumen de lo que significa una buena planificación. Si actúas cuanto toca, puedes evitar errores, presentar una declaración consistente e incluso reducir cargas.
Revisión de ingresos y gastos deducibles
Antes del cierre es imprescindible un análisis detallado de los ingresos y los gastos. Así, muchos contribuyentes se dan cuenta de que al final del ejercicio, no han registrado algunos gastos de su actividad o que no han aplicado deducciones que sí les corresponden.
Entre los gastos habituales deducibles destacan:
- Suministros y alquileres que tengan relación con la actividad.
- Amortizaciones contables y fiscales (según art. 12 y 101 LIS).
- Servicios profesionales externos y herramientas digitales.
- Formación profesional relacionada con la actividad.
- Gastos financieros y comisiones bancarias.
Una descompensación significativa entre ingresos y gastos, sin justificación, puede despertar alertas en una revisión fiscal o inspección.
También es importante revisar las inversiones realizadas durante el ejercicio, ya que algunas pueden acogerse a amortización acelerada o libertad de amortización si se cumplen los requisitos legales (por ejemplo, empresas de reducida dimensión – art. 101 LIS).
Nosotros revisamos cada partida para garantizar que el negocio aplica todo lo que la normativa permite, evitando que un descuido administrativo derive en un pago superior al debido.
Adelantar gastos o posponer ingresos : ¿es legal?
Valorar si conviene adelantar determinados gastos antes del cierre o posponer ciertos ingresos al ejercicio siguiente es una gran opción, siempre que la normativa lo permita. En IS, rige el principio de devengo contable, según el Plan General de Contabilidad y en IRPF, los ingresos se imputan según el criterio de exigibilidad (art. 14 LIRPF), y los gastos según el criterio de devengo.
Para tomar esta decisión se debe estudiar la situación del negocio, su evolución y la previsión de facturación.
Revisión de deducciones y ayudas aplicables
La normativa fiscal incorpora deducciones específicas según la actividad y la estructura del negocio. Entre ellas se encuentran deducciones por creación de empleo, inversión en nuevas tecnologías, aportaciones a planes de pensiones o donativos a entidades sin fines lucrativos (Ley 49/2002). También hay que revisar posibles ayudas o subvenciones recibidas, ya que hay que revisar su tributación.
Una revisión profesional evita errores, sanciones y declaraciones complementarias posteriores. Además, te asegurará que no se pierdan beneficios fiscales que podrían reducir de forma significativa la carga tributaria.
La importancia de una visión global
Una revisión integral permite optimizar la fiscalidad conforme a la normativa vigente (LIRPF, LIS, LIVA, Código de Comercio), evitando errores que puedan derivar en sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Finalizar el año con una planificación fiscal bien trabajada es la mejor forma de optimizar la próxima declaración. Si quieres revisar tu caso, analizar tus ingresos y gastos deducibles y cerrar el ejercicio con seguridad, en SPI Asesores estamos preparados para ayudarte.








